Revista Filipina

Revista semestral de lengua y literatura hispanofilipina

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Revista Filipina, Segunda Etapa
Invierno 2013–Primavera 2014, Vol. 1, Número 2


ÁRTICULOS Y NOTAS

David Manzano Cosano: España y la expansión de los imperios decimonónicos en el mar de Joló


PDF:
España-Joló-Manzano



España y la expansión de los imperios decimonónicos
en el mar de Joló


DAVID MANZANO COSANO
Escuela de Estudios Hispano-Americanos―CSIC (Sevilla)


Resumen

La escasa atención que los sistemas internacionales modernos prestaron a las regiones del sudeste asiático a la hora de distribuir las cotas de poder en las Relaciones Internacionales conducirá a España a delimitar muy difusamente sus fronteras filipinas. Mas, el empuje de las potencias decimonónicas obligará al Estado ibérico a crear una política encaminada a dar protección a sus lindantes dominios en el mar de Joló, para evitar que naciones como el Reino Unido, Francia, Alemania, Italia, Austria o Estados Unidos usurpen sus privilegios coloniales. Sin embargo, su debilidad internacional le obligará a desprenderse de sus derechos en el Norte de Borneo para consolidar sus territorios en el archipiélago de Joló y alejar a las potencias de sus centros de poder.

Palabras Claves: Borneo, Filipinas, Malasia, Indonesia, Brunei, Asia-Oceanía hispana, Imperialismo, sistema internacional decimonónico.

Spain and the Influence of the International System in the 19th Century
in the Philippine Border of the Sulu Sea


Abstract

      In early Modern period, the importance of the Far East in the distribution of the power in the international systems was arguable. For this reason Spain did not mark out clearly its borders in the Philippines area. In the 19th century, however, the Spanish authorities had to create a policy of protection in the Sulu Sea in order to defend its territories from the Great power nation, such as Great Britain, France, Germany, Italy, Austria or the United States. Nevertheless, Spain´s weakness in the international system led to give in Borneo to consolidate it control in the islands of Sulu Sea.

Key words: Borneo, Philippines, Malaysia, Indonesia, Brunei, Spanish Asia-Oceania, Imperialism, international system in 19th century.

S
UMARIO: Introducción. 1. Fase de los pactos de igualdad y olvido colonial de la Mar de Joló: 1800-1839. 2. Fase de la presión internacional y defensa de los límites españoles: 1839-1901. 2.1. Apertura del interés del sistema internacional por Borneo y el Mar de Joló (1839-1851). 2.2. Extensión de los lobbies nacionales en Borneo y resolución del conflicto (1860s-1885). 3 Conclusiones. 4. Referencias bibliográficas.


INTRODUCCIÓN

Actualmente la isla de Borneo está conformada por los estados de Malasia, Indonesia y Brunei, los cuales surgieron al calor del proceso de descolonización acaecido tras el fin de la II Guerra Mundial. Sin embargo, debemos de fijarnos en las dinámicas imperiales decimonónicas para localizar los factores más determinantes que han delimitado las actuales fronteras que presentan esta ínsula del Pacífico.
      La cercanía de Borneo a los centros políticos filipinos junto al deseo de las autoridades ibéricas de subyugar la piratería del sultán de Joló (cuyos brazos de poder se extendieron hasta esta gran isla), condujeron a España a crear una política encaminada a proteger sus derechos a colonizar su septentrión para, de esta manera, alejar de sus dominios las garras imperialistas de las potencias en el siglo XIX. Sin embargo, la debilidad internacional que en esta época presenta le arrastró a definir sus actuaciones en función de los movimientos de otras naciones, que claman por establecerse en Borneo para participar de los pingües beneficios que ofrecía la apertura del mercado asiático. Esta presión será la motivadora de que España construyese sus fronteras en el suroeste filipino a lo largo de la centuria romántica.
      Bajo este contexto, el presente artículo pretende comprender la revalorización que poseyó el área del mar de Joló en la sociedad global de la centuria romántica y cómo la decaída España defendió sus intereses en Filipinas frente a la fuerza arrolladora de las potencias. Para ello nos fijaremos en el estudio de la dinámica de la sociedad global en el Sudeste Asiático y también, en el análisis de los diferentes tratados internacionales que España suscribió con el sultanato de Joló y con las potencias europeas. La conjugación de estos factores nos conduce a delimitar la historia decimonónica de España en Borneo y el mar de Joló en las siguientes etapas:

1.  Fase de los pactos de igualdad y olvido colonial de la Mar de Joló: 1800-1839.
2.  Fase de la presión internacional y defensa de los límites españoles: 1839- 1901.
2.1.  Apertura del interés del sistema internacional por Borneo y el Mar de Joló (1839-1850s).
2.2. Extensión de los lobbies nacionales en Borneo y resolución del conflicto (1860s-1885).


1.  FASE DE LOS PACTOS DE IGUALDAD Y OLVIDO COLONIAL DE LA MAR DE JOLÓ: 1800-1839

El éxito de expediciones como la de Magallanes-Elcano (1519-1522) o Legazpi (1564-1565) permitió a la Corona hispánica establecerse en Filipinas a finales del siglo XVI. El peso del Galeón de Manila otorgó a la isla de Luzón (al albergar Manila y Cavite) el protagonismo en la colonización ibérica de las Filipinas. El resto de sus grupos geográficos quedaron relegados a un segundo plano, aunque fueron objeto de la preocupación de las autoridades si su política podía ayudar a extender la ideología católica o, a proteger el comercio de la Nao de China del peligro de los enemigos extranjeros. En este marco, podríamos explicar la dominación de España en puntos tan alejados de las islas del Poniente como las Marianas (único archipiélago de la Oceanía con dominación efectiva de una potencia europea en la edad Moderna). En todos sus dominios de la Asia-Oceanía, la Corona hispana se consolidó gracias a su flexible sistema político caracterizado por el respeto de las autoridades locales, donde la acción de la “aculturación” de los religiosos católicos fue crucial. Sin embargo, la falta de recursos provocó que la colonización efectiva hispánica quedase constreñida a las áreas cercanas a su centro de poder y a aquellos puntos donde la población no presentó una gran resistencia a la dominación europea. De este modo, Borneo y el mar de Joló escaparon en época moderna al centro de poder de Manila, pero no de Zamboanga, desde donde procederá su aculturación a partir del siglo XVIII
1. Dada su relación con el motor económico de la Nao de China las autoridades ibéricas se interesaron por este territorio por la acción de los piratas musulmanes. De este modo la España moderna concibió los límites meridionales de su soberanía en la Oceanía en las regiones próximas a las Bisayas, donde incluiríamos el mar de Joló, Borneo y Palawan (como manifiesta el intento de los agustinos españoles de colonizar el norte de esta ínsula en 16222).
      El daño que el saqueo moro ocasionaba al comercio del Galeón de Manila condujo a los capitanes generales de Filipinas a autorizar una serie de expediciones de castigo para acabar con estas prácticas. Así, integraron la región dentro de la zona de influencia española (pero en ningún momento controlaron su vida interna). Dichas operaciones se dirigían principalmente a la isla de Joló, por ser el centro de la piratería y por hallarse la residencia del sultán que más poder albergaba. Esta autoridad, gracias al complejo sistema de alianzas que estableció con los líderes locales, extendió su poder por todo el mar de Joló desde Mindanao hasta Borneo. En esta gran ínsula descubierta por los portugueses en 1521, su control estuvo limitado únicamente a la parte septentrional, debido a que Holanda desde 1606
3 se había establecido en el sur para defender los intereses de su compañía comercial: la Vereenigde Oostindische Compagnie o VOC. Aún así, la fuerza del sultán de Joló en su zona de dominio fue incontestable, por lo que España, ante la ausencia de suficientes efectivos militares en la gobernación de Filipinas, no pudo asentarse en este región mora de forma permanente.
      Sin embargo, las expediciones de castigo obligaron a las autoridades musulmanas a firmar una serie de tratados desde finales del siglo XVI (con la gobernación de Francisco de Sande). Desde esa fecha, diferentes capitanes generales mandaron más empresas para reprimir la piratería de la región, obligando a las dignidades moras a ceder en distintas ocasiones parte del territorio del que se creía dignatario (tal es el caso de la isla Balabac y Palawan en el siglo XVIII
4). Por consiguiente, podemos afirmar que el mar de Joló y Borneo se situó en época moderna dentro de la órbita hispana. Empero, hasta la primera mitad del siglo XIX estos acuerdos se caracterizaron por el trato de igualdad dispensado a las instituciones musulmanas, a los que consideraban líderes de una nación amiga. Así se evidencia en los dos grandes convenios firmados por España con la sultanía de Joló antes de la segunda mitad de la centuria romántica: la capitulación firmada en Manila el 18 y 22 de enero de 1737 y la capitulación del palacio de Joló de 23 septiembre de 1836. El contenido de ambos documentos es muy similar (de hecho posee los mismos artículos, cinco). En ellos se inciden en la necesidad de reprimir la piratería, sellar una paz perpetua y establecer ventajas comerciales recíprocas (llegando la capitulación de 1836 en su artículo III a especificar el derecho de España de establecer una factoría en archipiélago de Joló, a la par de que se le da la posibilidad al sultán de fundar otra en Manila). Por consiguiente, el poder joloano es tratado en términos de reciprocidad, como indica el artículo II de la capitulación de 1737:

Que se hayan de reputar como enemigos de los joloes los que sean actualmente y lo fuesen en delante de la Nación española, y recíprocamente de esta lo que lo fuese de aquella, de manera que ambas potencias unidas harán la guerra al que declare enemigo de alguna en que no se incluyen las naciones europeas, como son los holandeses, franceses, ingleses y otros,… 5

      La consideración del sultanato de Joló como potencia muestra los límites de la soberanía española en sus dominios, aunque en el artículo I de la capitulación de 1836, incluye sus límites dentro del derecho español.

1o. El muy ilustre Sr. Capitán general gobernador por S.M.C. de las islas Filipinas asegura al muy excelente Sultán y Dattos de Joló para ahora y siempre la paz más firme de los españoles y naturales de todas las islas sujetas a la corona de España con los tributantes de las tierras sometidas al Sultán y sus Dattos: ofrece la protección de su Gobierno y el auxilio de armadas y soldados para las guerras que el Sultán tenga necesidad de sostener contra enemigos que le ataquen, o para sujetar los pueblos que se rebelen en toda la extensión de islas que se hallan dentro del límite del derecho español y corren desde la punta occidental de Mindanao hasta Borney, y la Paragua, con excepción de Sudacam y las demás tierras tributarias del Sultán en la costa firme de Borney6.

      A través de este fragmento podemos apreciar como la soberanía española en el área es muy débil porque ésta dependía de la voluntad del sultán de llegar a un pacto con España (porque a través de su fuerza no podía controlar la región). Por tanto, de forma indirecta reconocían a la autoridad musulmana como la máxima autoridad del archipiélago, pues las islas serán controladas por España por los designios de la autoridad mora (a quien considera aliado) y no por sus instrumentos estatales. Pese a ello, este artículo será empleado en el futuro como arma de la diplomacia ibérica para defender ante las chancillerías europeas sus derechos en Borneo y Joló.
La reiteración de las cláusulas de ambos documentos pone de relevancia la falta de cumplimiento de lo acordado por los poderes mahometanos. Esta práctica se generalizará durante toda la época colonial hispánica, como prueba la siguiente descripción escrita por Fray Juan Ángeles (misionero que pasó por Joló a mediados del siglo XVIII) que será nuevamente copiada en el siglo XIX para describir la “calaña” de los musulmanes:

¡Cuándo hemos de escarmentar de tratados con los moros, teniendo la experiencia de que en el espacio de cien años no han guardado ni un solo artículo que les haya sido oneroso! ¡La paz nunca la guardan!7

      La animadversión de la sociedad hispánica a los moros junto al mal endémico que persigue a la historia colonial filipina de tener que soportar la piratería de los sultanes, motivó que todos los eruditos españoles que escribían sobre estos dominios criticasen duramente al poder musulmán. Fruto de este parecer en diversas ocasiones se propusieron una serie de planes para controlar la región islámica, pero hasta el siglo XIX todos fracasarán por la falta de recursos
8. Por tanto, España se limitará a recurrir a las expediciones de castigo para mantener el archipiélago de Joló dentro de su esfera de influencia9 y evitar que otras potencias europeas diezmasen su preponderancia en el área. Unas potencias que comienzan a incrementar su interés por la región a medida que se desarrolla la época contemporánea.
      De ellas destacará el Reino Unido, porque tras su victoria en la batalla de Plassey (1757) intensificará la actividad de la Compañía Británica de las Indias Orientales en el Extremo Oriente. De este modo, sus comerciantes aumentarán sus intereses por el área hispana, llegando a crearse un proyecto (fechado el 3 de noviembre de 1762) para adueñarse de las Filipinas del sur
10. Así este estado intentará conseguir que el sultán de Borneo le cediese al escocés Alexander Dalrymple parte de su territorio en el siglo XVIII, estableciéndose una factoría inglesa, que fracasaría. La mayor visibilidad de “occidentales” en el área provocará que las autoridades filipinas refuercen su control en las próximas Bisayas para evitar un posible acercamiento de las potencias a Manila. Pese a ello, el archipiélago de Joló estará marginado de los deseos de las autoridades españolas de incorporar efectivamente sus islas, como prueba lo cartografía política creada por sus geógrafos para las Filipinas de la primera mitad del siglo XIX11.

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1   Donoso, Isaac, El islam en Filipinas (ss. X-XIX), Alicante, Universidad de Alicante, 2011.
2  Cangas de Argüelles, Felipe: “La isla de Paragua”,
Boletín de la Sociedad Geográfica de Madrid, 33 (1887), pp. 208-243.
3  Archivo Histórico Nacional de Madrid (AHN), Ultramar, 5352, caja 1, documento 1, nº 65.
4  En 1705 el sultán de Borneo cede las islas de Balabac y Palawan al gobernador Domingo de Zabálburu. En 1752 se renovará la cesión cuando esta autoridad mande una carta al gobernador Marques de Ovando donde expone: “Doy por siempre al Rey de España la isla de la Paragua, con la pequeña isla de la Balabac, que a otro rey no se la diera, aunque me diera por ella 4000.000 pesos y con la voluntad que se la doy, me desposeo de ella como si fuera una hoja de árbol”: (AHN), Ultramar 5352, caja 1, documento 1, nº 65.
5  De la Escosura, Patricio:
Memorias sobre Filipinas y Joló redactado en 1863 y 1863. Publicada ahora por primera vez, ilustrado con un mapa y precedido con un prólogo de Francisco Cañamaque, Madrid, Imprenta Manuel G. Hernández, 1882, pp. 415-419; Además este tratado (que será ratificado en Madrid en 1744) establece que si hubiese una guerra europea, Joló debería de permanecer neutral: AHN, Ultramar, 5352, caja 1, documento 1, nº 65.
6  
Gaceta de Madrid, 1075 (8-11-1837), p.1.
7  Comyn, Tomás de:
Estado de las Filipinas en 1810, Madrid, Imprenta de Repulles, 1820, p 167.
8  Entre los planes más destacados podemos destacar el de Tomas Comyn presentado en 1810, que estuvo influenciado por el proyecto de Marino Tobías para acabar con los moros de Mindanao en 1778.
9  Entre las expediciones más importantes de comienzos del siglo XIX contra Joló debemos de mencionar la del general Martínez de Cavite (1825) y la del gobernador general Mariano Ricafort: AHN, Ultramar 5353, caja 1, documento 7.
10  AHN, Ultramar, 5352, caja 1, documento 1, nº 65.
11  La guía de Forasteros de 1845, divide Filipinas en 30 provincias. El archipiélago de Joló y Borneo aparece dentro de los límites filipinos pero fuera del control hispánico. Los geógrafos hasta esa fecha consideraba a este archipiélago como tierra de frontera, por lo que algunos mapas incluirá el área dentro de las Filipinas y otros no. Esta concepción se transformará a mediados del siglo XIX cuando la presión de las potencias incite a España a dibujar al Mar de Joló como parte de los dominios hispánicos.



2.  FASE DE LA PRESIÓN INTERNACIONAL Y DEFENSA DE LOS LÍMITES ESPAÑOLES: 1839-1901

El aumento progresivo del sistema internacional por la región del Extremo Oriente, junto a la revalorización del Pacífico y el desarrollo del imperialismo, suscitará una lucha de las potencias mundiales por asentarse en aquellos territorios asiáticos-oceánicos que a la altura del siglo XIX aún no estaban dominados por los poderes “occidentales”. Al entrar el territorio joloano y el Norte de Borneo en esta práctica (ante la debilidad del control español en la región), el área suscitará la atención de las potencias mundiales. Su presión dependerá del viraje del sistema internacional, aumentando de forma considerable con el desarrollo del colonialismo, al que España deberá de combatir para proteger sus intereses filipinos.
      A pesar, de que en el siglo XVIII ya se habían producido diferentes intentos de los estados extranjeros por establecerse en Borneo, no será hasta el segundo tercio del siglo XIX cuando se inaugure su presencia continua, que se incrementará con el trascurso de los años. Fruto de esta dinámica, España aumentará su agresividad con los poderes mahometanos y recorrerá las chancillerías europeas para evitar que estos estados usurpen sus derechos. Su actividad puede diferenciarse en dos etapas relacionadas con la importancia que el sistema internacional presenta en la cuestión de Borneo.

2.1.  APERTURA DEL INTERÉS DEL SISTEMA INTERNACIONAL POR BORNEO Y EL MAR DE JOLÓ (1839-1851)

El origen del deseo de las potencias occidentales de establecerse en el mar de Joló debemos de hallarlo en el desarrollo a ritmos acelerados de la Revolución Industrial. Pues los países industrializados a comienzos de la contemporaneidad miraron al exterior para ampliar sus mercados, gracias a que podrían conseguir materias primas y vender sus productos manufacturados. Bajo estos condicionamientos, exaltados por la ideología nacionalista, los Estados imperiales (especialmente el Reino Unido) se fijaron en el área de Borneo para generar riqueza.
      Los beneficios económicos de la Compañía de las Indias Orientales suscitaron el aumento de los agentes ingleses en Extremo Oriente así como su interés, como prueba la fundación de Singapur en 1819 o que durante las guerras napoleónicas tomasen las Indias Holandesas en 1811.
12 La decisión del Parlamento británico de acabar con el monopolio de la susodicha compañía en 1833,13 incrementó el número de los comerciantes británicos en el área. De hecho, la raíz del protectorado británico en Borneo se halla en la iniciativa particular de uno de ellos: James Brooke.
      Este antiguo militar de las tropas de la Compañía de Indias había observado los beneficios que ofrecía el mercado asiático, por ello invirtió el capital que había heredado para colonizar Borneo. De esta manera, se embarcó en el Royalist en 1838, junto a su familia, criados y una serie de colonos que había contratado. Fruto de sus gestiones y de la ayuda que le proporcionó al sultán de Borneo en sus disputas internas, consiguió que el 24 septiembre 1841 la citada autoridad (Omar Ali Saifuddin II) le cediese el principado de Sarawak y le otorgarse el título de rajá (siendo el primer “occidental” en ostentar esta distinción real). Además, Brooke influyó en el sultán para que el Reino Unido consiguiera la isla de Labuán mediante un tratado suscrito y ratificado en 1844. Gracias a ello, el capitán británico Munday tomará posesión de ella el 24 de diciembre de 1846, convirtiéndose la isla en colonia inglesa en 1848. Así, el Reino Unido se valdrá de su base en Labuán y de las buenas relaciones mantenidas con Brooke para conseguir que el 27 de mayo de 1847 el sultán de Borneo firmase un tratado en el que se comprometía a no ceder territorio alguno a otra nación sin consentimiento de la majestad británica. El documento se presentará para su aprobación en Londres, consolidándose de esta manera la influencia británica en Borneo
14.
      Pero, Inglaterra no será la única potencia que se fije en el Mar de Joló. La sociedad mundial progresivamente se interesará por la región asiática al intensificarse sus focos de presión, que ya no provendrán exclusivamente de la ruta europea, dado que el Pacífico en esta época estrechará sus lazos con la región del Extremo Oriente por diferentes razones. Entre ellas podríamos destacar: el deseo de los Estados Unidos de cumplir con la doctrina del Destino Manifiesto de O’Sullivan; el aumento de los balleneros de diferentes nacionalidades que recorren la Mar del Sur; o el desarrollo de la ruta China-Australia, (tras levantar en 1834 el Parlamento británico la prohibición a sus colonos de comerciar directamente con Cantón). En este contexto, es fácil comprender el deseo de las potencias de extender su poder a aquellas regiones que hasta entonces habían sido casi siempre marginadas por el sistema creado por los estados que distribuye las cotas de poder en las relaciones internacionales. Bajo estos patrones debemos de explicar: el desarrollo de la I Guerra de opio (1839 y 1842, donde las potencias “occidentales” luchan a favor de la liberalización del Imperio chino); que en nuestra área protagonista los Estados Unidos en 1842 consiguiese alcanzar un acuerdo de amistad y comercio con el sultán de Joló
15; o que Francia intentase establecerse en la isla de Basilan para contrarrestar el poder británico en su particular lucha naval.
      Desde finales del siglo XVIII las potencias se habían basado en las expediciones marítimas de descubrimientos para apoyar la extensión de su órbita de poder, intentando en este ejercicio diezmar el poderío de su adversaria. De este modo, el Estado galo, consciente de los beneficios que le reportaría la apertura del mercado asiático y preocupado por los nuevos asentamientos ingleses en Malaca, pensó en asentarse en las Islas del Poniente. Tras fracasar en su proyecto “sobre la cesión en usufructo al gobierno francés de las islas Filipinas por 50 años mediante la suma de 400 millones” (que se destinaría a sufragar las guerras carlistas)
16, los galos se fijarán en la región de Basilan para establecer una colonia. Gracias al envío de tropas conseguirán que el sultán de Joló firme un acuerdo comercial el 23 de abril de 1843 para proteger sus intereses económicos. Posteriormente, tras sufrir un ataque de los moros presionarán con el bloqueo de su puerto a la autoridad musulmana (Muhamad Pulalon Raguya), quien a regañadientes firma el 21 de febrero un 1845 un tratado por el que cede Basilan por el término de cien años a cambio de cien mil pesos de plata. De esta manera, mejorará las condiciones que un día antes le había presentado Mr. de la Gréné, quien en un convenio de seis artículos le exhortaba a que no se opusiese a la soberanía francesa de la isla17:

Artículo 1. Cualesquiera que sean ahora y cualesquiera que hayan podido ser en lo pasado los derechos de los Sultanes de Joló a la soberanía de la isla de Basilan, que desde tiempo inmemorable ha sido mirada como tributaria de Joló, el Sultán y los Dattos infrascritos se empeñan a no llevar ningún impedimento a la toma posesión el todo o de una parte de aquella isla y sus dependencias especialmente Malamaui y Lapinigani por las fuerzas de S. M. el Rey de los Franceses si quiere hacer allí establecimiento18.

      Sin embargo, su cercanía a la gran isla de Mindanao frenará su proyecto de conquista, pues España ―que había apostado fuertemente por su colonización―, no estaba dispuesta a que una potencia se aproximase a sus centros coloniales. De esta forma, el capitán general D. Francisco de Paula Alcalá obligó a la escuadra francesa a su desbloqueo y creó un gobierno en el norte de Basilan para construir el fuerte de Isabela
19. Por su parte, la diplomacia española protestará en Europa por la acción, apoyándose en documentos históricos que probaban la inclusión de la ínsula dentro de los límites de las Filipinas. La cercanía diplomática entre España y Francia, provocará que el gobierno galo no reconozca el tratado de cesión y ordene a sus tropas su abandono, ante el temor de que se fracturasen las cordiales relaciones que mantenían con su aliado vecino20. A largo plazo, los deseos de París de no frenar la tendencia francófila en España y de conseguir posicionarse en la región del Extremo Oriente darán sus frutos. Ya que el apoyo del gobierno de la Unión Liberal a los proyectos exteriores de Napoleón III conducirá a las islas Filipinas a servir de base de operaciones de las tropas españolas que se embarcaban en la expedición de la Conchinchina (1858-1862). Así, el tratado de paz entre España y Francia y el rey de Annam celebrado en Saigón el 5 de Junio de 1862,21 certificará el triunfo de las aspiraciones francesas de sustituir sus aspiraciones en Basilan por otra región en Extremo Oriente donde establecer sus dominios coloniales. A la par que este acuerdo confirmará la debilidad internacional de España frente a las grandes potencias porque los esfuerzos militares y económicos efectuados en la campaña no se corresponden con los términos del tratado.
      La respuesta dada por la Corona hispánica a los establecimientos de Basilan y Sarawak-Labuán evidencia una tendencia repetida a lo largo de este periodo por la autoridades ibéricas: la acción política para limitar el poder de las potencias extranjeras en el área filipina ganará mayor o menor intensidad en función de la cercanía que la zona en controversia esté de los centros económicos de la islas del Poniente. Así, la proximidad de Basilan a Zamboanga provocará una respuesta inmediata y concreta, mientras que la lejanía de Borneo atenuará la fuerza de las acciones para repudiar la intromisión foránea en los límites de las fronteras filipinas. La España de mediados del siglo XIX consideraba ambas plazas como puntos de sus dominios. En ambos casos protestará, sin embargo, en el caso de Sarawak, el Ministro de Estado español adoptará una medida poco eficiente y vaga. Así se comprueba tras analizar la respuesta que este cargo da al gobernador de Filipinas, que el 6 de mayo de 1845 le informaba de los movimientos del vapor de guerra inglés
Driver en Borneo y los deseos de Reino Unido de nombrar un agente confidencial para establecerse en esta isla. Ya el retraso en la contestación denota la falta de importancia para la metrópoli del asunto, pues será contestada por la Real Orden de 17 de diciembre de 1845 y una nota del ministro de Estado, Francisco Javier Istúriz Montero. En ella apela a la búsqueda de documentos en el Archivo General de Indias que certifiquen el derecho español en Borneo (de ahí que se cree una Real Orden para estos menesteres en 1847), pero en caso de no hallarse documentos le trasmite la responsabilidad al gobernador general para que obre con su buen juicio, “atendiendo a que no contamos con fuerzas sobrantes ni marítimas ni terrestres”22. España únicamente logrará hallar un documento de 10 junio de 1579 (donde se específica la toma de Borneo en la gobernación de Francisco de Sande), que no logrará limitar la expansión de los agentes británicos.
      Ante el temor de que los ingleses se aproximasen a los epicentros de poder filipinos y la necesidad de reprimir la piratería de los musulmanes, el capitán general de las islas Filipinas ordena el 5 de septiembre de 1845 la creación de una expedición liderada por José de Apodaca para corregir a los moros (quienes habían apresado a cerca de quinientos filipinos) y tomar la plaza joloana de Balanguigui
23. Su éxito motivó que el mismo gobernador general de las posesiones holandesas felicitase a España por esta acción que frenaba la piratería24. Además, el castigo efectuado por el país ibérico condujo a avanzar en su posicionamiento en las islas del archipiélago de Joló.
      Sin embargo, su control en Borneo quedará diezmado por el mencionado pacto suscrito entre Inglaterra y su sultán en 1847. El gobernador de Zamboanga protestará ante este acto pero el Ministro de Estado hace caso omiso a estas advertencias. También en 1848 Holanda (que mira con preocupación la existencia de otro poder “occidental” en la isla de Borneo), mueve su aparato diplomático en La Haya para evitar que triunfe las acción de Brooke
25. Sin embargo, estas medidas no prosperan e Inglaterra incrementará progresivamente su poder en el área.
      En este contexto, la gobernación filipina intentará evitar que se extienda hacia Mindanao por lo que crea una serie de expediciones de castigo que obligarán al sultán de Joló a firmar su sumisión a España. Así el 15 de diciembre de 1850 partirá desde Manila los vapores
Reina de Castilla, Magallanes y Elcano y la fragata Villa de Bilbao con 1500 hombres liderados por Antonio de Urbiztondo26, obteniendo el 27 de agosto de 1850 las capitulaciones adicionales de España y el Sultán de Joló. Un documento que intentará completar el tratado de 1836, con la redacción exclusiva de dos artículo. En ellos, España por primera vez en la historia contemporánea deja patente en el tono del documento sus deseos de subyugar al sultán, al no tratarle en términos de igualdad y negarle cualquier tipo de iniciativa exterior a la autoridad mahometana, como se manifiesta en su artículo 1º: “Articulo 1: Imposibilidad de conceder a ninguna potencia extranjera porción alguna de territorio que forma la extensión que se hallan dentro del límite del derecho español”27.
      Por otro lado, tergiversará en su artículo II la historia, pues le hace recordar a la autoridad joloana que por el tratado de 1836 no podía ceder ningún territorio, algo que no consta explícitamente en el contenido de dicho documento. A pesar del acuerdo, el 1º de enero de 1851 se produce una ofensiva del poder moro. Ante los deseos de España de querer acabar con esta rebeldía, enviará una expedición que saldrá el 3 de febrero de 1851 hacia Joló para apoyar las fuerzas de Urbiztondo con siete navíos y 2500 hombres
28. Gracias al despliegue militar, España obligará de nuevo a su sultán a firmar el 19 de abril de 1851 el acta de su sumisión, en el día que el vapor de guerra Elcano enarbolará bandera en los muros destruidos de Joló29. La intención de esta fuente es remarcar el carácter de subordinación de los poderes joloanos, como indica su artículo I: “la isla de Joló y sus dependencias sean incorporadas a la Corona de España, que algunos siglos a esta parte era ya su única señora protectora”30.
      Además, en la titulación del representante español que lo firma se observa ya el afán hispánico de consolidar el territorio bajo sus fronteras. Nuevamente será suscrito por José M. de Carlos O’Doile, el cual únicamente ostentará el cargo de gobernador de Zamboanga en el acta de 1850, pero ahora además se inviste del título de la autoridad de Basilan, Pilas y Toquil. El articulado de la capitulación de 1851 es más extenso, incidiendo en el hecho de permanecer Joló dentro de los límites filipinos (artículo VI) y por tanto su sultán no podía ceder ninguna tierra a ninguna potencia (artículo II). Por otro lado, España por el artículo XVI adquiere la práctica asumida por potencias como Inglaterra de pagarle una asignación anual a las autoridades locales, para comprar su subordinación
31. Por consiguiente, la tendencia del país ibérico durante este periodo es alejar cualquier tipo de duda en el sistema internacional sobre sus derechos a dominar el Mar de Joló. Sin embargo, Inglaterra lo cuestionará, aunque para no distanciarse diplomáticamente con España, Londres decidirá olvidar la cuestión de Borneo en 185232.

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12   Posesiones que devolverá en 1815, y que servirá para suscribir el tratado anglo-holandés de 1824 que permitirá a Inglaterra consolidar sus intereses en Malaca.
13   Esta medida le llevará a su ocaso, disolviéndola la reina Victoria en 1858.
14   AHN, Ultramar, 5352, caja1, documento 1, nº 65.
15   AHN, Ultramar, 5352, caja 3, documento 1, nº 7.
16   ANH, Estado, legajo, 6275 y 5258, Citado en YLLÁN CALDERÓN, Esperanza, Un proyecto de cesión a Francia de las islas Filipinas. 1839, en JOVER ZAMORA, José María,
El siglo XIX en España: Doce estudios. Barcelona, Planeta, 1974, pp. 253-284; Por la oposición frontal del secretario de Estado Miraflores no se materializará el proyecto.
17   GAÍNZA, Francisco:
Memoria y antecedentes sobre las expediciones de Balanguingui y Joló, Manila, UST, 1881, pp. 49-50
18   Ibid., pp. 50-51
19   DE LA CAVADA, Agustín: Historia geográfica, geológica y estadísticas de Filipinas, Manila, Imprenta de Ramírez y Giraudier, 1876, p.4.
20   AHN, Ultramar , 5352, caja 1, documento 1, nº 65.
21   
Gaceta de Madrid, 273 (30-9-1863), p.1.
22   AHN, Ultramar 5352, caja 2, documento2.
23   GAÍNZA, Francisco:
Memoria y antecedentes sobre las expediciones de Balangugui y Joló, Manila, UST, 1851.
24   ESPINA, Miguel A.:
Apuntes para hacer un libro sobre Joló: entresacados de los escrito por Barrantes, Bernáldez, Escosura, Francia, Giraudier, González Parrado, Pazos y otros varios, Manila, M. Pérez, 1888, p.22.
25   AHN, Ultramar 5352, caja 2, documento 2, nº 15.
26   LORENTE, José (editor):
Bibliografía y retrato de muy revernado padre Fr. Pascual Ibáñez de Santa Filomena, Madrid: Martínez y Minuesa, 1851, p. 31.
27   OLIVART [marqués de], Ramón de Dalmau y de Olivart:
Colección de los tratados, convenios y documentos internacionales celebrados por nuestros gobiernos con los Estados extranjeros desde el reinado de Doña Isabel II hasta nuestros días. Tomo II, Madrid, Librería Fernado Fé, 1893, p. 60
28   LORENTE, José: Bibliografía y retrato… p. 36.
29   GAÍNZA, Francisco:
Memoria y antecedentes… p. 144.
30   DE LA ESCOSURA, Patricio:
Memorias sobre Filipinas y Joló redactado en 1863 y 1863, Madrid, Imprenta Manuel G. Hernández, 1882, pp. 376-384.
31   La asignación anual para el sultán era de 1500 pesos y 600 para algunos datos de la isla.
32   AHN, Ultramar 5352, caja 3, documentos 1, nº 7-9.


2.2.  EXTENSIÓN DE LOS LOBBIES NACIONALES EN BORNEO Y RESOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS (1860s-1885)

El adormecido conflicto de Borneo nuevamente ocupará una posición destacada en las agendas políticas de los países europeos a partir de los años sesenta del siglo romántico. Mas, en esta fase, el asunto adquirirá una mayor complejidad porque los actores que participan en la disputa internacional aumentarán. De esta manera, la región sigue la dinámica que imprime el sistema global a las áreas donde el control “occidental” es muy tenue o nulo, pues los adelantos tecnológicos lanzan a las potencias hacia una colonización que es legitimada por el darwinismo social y el liberalismo económico. La fuerza continúa siendo el arma principal para dirimir los conflictos internacionales, sin embargo, la existencia de un orden mundial multipolar conduce a los Estados a evitar el enfrentamiento bélico directo, al temer que su posición de poder mundial se vea diezmada en el complejo sistema bismarckiano creado en el último tercio de la centuria decimonónica. Esta tendencia se puede observar muy nítidamente en el Mar de Joló, donde España se desprende de sus derechos en Borneo para continuar con las amistosas relaciones de dos grandes potencias (como Inglaterra y Alemania) que podrían ayudarla a inclinar la balanza a su favor en un futuro conflicto diplomático.
      La Real Orden de 31 de julio de 1860 que reorganiza administrativa Mindanao para desarrollar su colonización
33, junto al establecimiento del gobierno español en Balabac en 185834 y las medidas adoptadas por las autoridades filipinas de cerrar el puerto de Joló en 1860 (para obligar a los buques extranjeros que comerciaban en el área a que respeten sus leyes de deber de llegar antes a Zamboanga, al ser el único puerto franco de la región35), nos muestran como las autoridades españolas quieren empezar el último cuarto del siglo consolidando su poder en el área. De hecho, en 1861 se envía el primer cañonero para vigilar el mar de Joló de la acción mora y en 1862 se organiza la expedición de la Filomena dirigida por el comandante Vicent Carlos Costa para reconocer las costas de Borneo. Esta empresa conseguirá un documento que podría haber catapultado a España a justificar su presencia en la isla: “el acta de reconocimiento de los mandarines de Sandacan a Isabel II con fecha de 27 de julio de 1862”36. Sin embargo, el capitán general de Filipinas declinará el ofrecimiento:

…considerando las graves complicaciones a la que la ocupación de un modo estable de dicho territorio o parte de él podrá lugar de parte de las potencias marítimas que frecuencia estos mares, principalmente la Inglaterra, que reconoce la soberanía en Joló…37

      España por el alejamiento relegó la cuestión de Borneo a un segundo plano, porque su principal interés era controlar aquellas áreas que se aproximaban a sus centros de poder. La insumisión de los piratas moros junto a la falta de recursos marítimos condujo a España a crear una estratagema basada en dos ámbitos de actuación (Filipinas-Madrid) para dirimir este conflicto internacional. Las autoridades coloniales se preocuparían de emplear la fuerza militar para consolidar la soberanía española en el archipiélago de Joló y Palawan (al estar muy próximas a Mindanao y las Bisayas), renegando de cualquier acción en Borneo. Esta última tarea será fuente de preocupación exclusiva de la metrópoli, quien intentará defender su soberanía al estilo de Basilan, es decir, empleando la diplomacia en las chancillerías europeas para resolver este asunto. La principal baza de esta fuerza se hallará en la búsqueda de tratados con el sultán de Joló y Borneo que prueben los derechos hispánicos.
      Bajo este contexto, hemos de comprender la gran insistencia del Estado español en recurrir a los archivos generales para hallar esos documentos, como prueban los movimientos de documentos que intercambian el Ministerio de Estado y Ultramar en 1860,
38 que se promulgase la Real Orden de 17 de marzo de 1862 ―para la búsqueda de documentos relativos a Joló y Borneo―39 y el Real Decreto de 26 de febrero de 1867. Por él se crea una comisión40 ―liderada por Pascual de Gayangos (catedrático de la universidad central y miembro de la Academia de la Historia) y Francisco González de Vera (Archivero de Alalá)― para que examine los archivos del Reino y del extranjero para esclarecer los derechos de España en sus posesiones ultramarinas41.
      Esta reiteración muestra una de las conclusiones a la que llegan los trabajos de los comisionados, la anarquía existente en los archivos nacionales, a la par que evidencia el escaso valor que las autoridades metropolitanas habían otorgado hasta la fecha a estas latitudes, pues habían traspapelado aquellos documentos que podían certificar la soberanía española en el territorio. Los trabajos de Vera y Gayangos se convierten en la inversión estatal más importante para demostrar documentalmente los derechos de España en sus dominios asia-oceánicos.
      Después de dos años de estudio en los archivos españoles y británicos y tras prorrogar varias veces su informe final
42, éste se presentará el 15 de octubre de 1869. En él se defiende la soberanía de España en aquellos puntos puestos en entredicho por el sistema internacional como era el archipiélago de Joló y Borneo, pero también en otros puntos como las Carolinas. Concluyen que son dominios españoles (como prueban los viajes de los marinos españoles por la Mar del Sur), pero que hay dificultades para legitimar su presencia con actas de ocupación, al no llevar dichas expediciones escribanos. Sin embargo, entienden que la certeza de la llegada de los españoles es fuente suficiente para demostrar su soberanía43. Estas consideraciones sobre la potestad hispánica en Joló estarán apoyadas por el estudio presentado en Filipinas en febrero de 1868 por el brigadier D. Segundo de la Portilla y el capitán de la fragata Claudio Montero44.
      Sin embargo, estos esfuerzos archivísticos no serán suficientes para convencer al resto de las potencias para que abandonen sus proyectos en Borneo. Al contrario, porque los límites del rajá blanco en Sarawak seguían extendiéndose y porque a mitad del siglo XIX agentes de diferentes naciones se fijan en el norte de la isla para establecerse. La mayoría de los mismos eran individuos que actuaban por cuenta propia, soñando que la riqueza de la isla atrajese al gobierno de su nacionalidad para darle protección y participar ambos de los beneficios de la explotación. Dicha práctica había sido empleada de forma exitosa por James Brooke y se estaban expandiendo por la mayoría de las islas de la Oceanía. Pues las potencias internacionales habían creado un nuevo modelo colonial basado en el establecimiento de
lobbies nacionales que atrajesen a los oriundos de la zona hacia su órbita sin incluirlos dentro de sus dominios. De esta forma, no debían de hacer frente a los grandes costes que implicaban la creación de una administración colonial y podían aprovechar los recursos del terreno. Sólo la aparición de grupo de presión de otras nacionales le conduciría a declarar el protectorado o colonizar el territorio, para impedir que otra potencia pudiese diezmar la fuerza de sus agentes que disfrutaban libertad de actuación en el área.
      El contrato de arrendamiento por diez años conseguido por el prestamista estadounidense Claude Lee Moses con el sultán de Borneo en 1865 por nueve millones y medio de dólares evidencia la práctica enunciada. Ya que decidió embarcarse en esta empresa, al creer que por las ventajas geoestratégicas de los terrenos adquiridos atraería a más inversores que presionarían a su gobierno para otorgarle protección. Su proyecto triunfó en una primera etapa porque a la vuelta a su residencia en Hong Kong consiguió vender la concesión a sus compatriotas Joseph W. Torrey y Thomas B. Harris, gracias a lo cual pudieron fundar la
American Trading Company of Borneo (que estableció una factoría en la cuenca del río Kimanis).
      Nuevamente, el sultán investirá a un blanco (Torrey) con el título de rajá y le otorgará la soberanía del territorio cedido. La falta de apoyo del gobierno estadounidense al proyecto obligó a Torrey (ante la muerte de Harris en 1866 y Moses en 1867) a volver a Hong Kong para buscar ayuda financiera que le permitiese hacer frente a la deuda de la compañía. Así entrará en contacto en 1870 con el austriaco Overbeck
45, quien obtendrá todos los derechos y las deudas del proyecto de los capitalistas estadounidenses. Ante la necesidad de financiación marchará a Europa, y tras fracasar en su intento de hallar capital en su Austria natal, lo localizará en el Reino Unido gracias a la inversión de la compañía inglesa Dent Brothers. En el America regresará en 1877 y obtendrá (a pesar de la oposición del rajá blanco de Sarawak (quien temía la reducción de su influencia en el área) el contrato de arrendamiento de Sandacan el 4 de enero de 1879. Por el pago de cinco mil pesos anuales, conseguirá el título de datto de Bandajara Raedaha de Sandacan para toda su vida y los territorios “desde el rio de Pandasan, parte norte hasta Sibuco parte sur, así como en los demás ríos comprendidos entre dichos puntos y a la distancia de nueve millas de la ribera del mar”46 para que los explotase la compañía de Dent.
      De esta forma, Inglaterra se sitúa en los dos laterales de las tierras dominadas por el sultán de Borneo. La importancia estratégica que estaba adquiriendo la zona conducirá a la metrópoli a invertir de lleno en el proyecto. Así, en 1881 Dent venderá los derechos de su compañía a la
North Borneo Provisional Association, la cual se formó con vistas a conseguir el apoyo real, que obtendrá a finales de dicho año. Gracias a ello en 1882 se transformará en la North Borneo Company que se expande por Sandakan. El apoyo de la Corona conducirá a la declaración a todas las tierras dominadas por los ingleses como el protectorado del Norte de Borneo en 1888, diferenciándose el territorio de Sarawak y el actual territorio de Sabah, controlado por la North Borneo Company que incorpora Labuán en 1890. Posteriormente, acordará con Holanda las fronteras de ambas potencias en la isla:

…por una línea que partiendo de la costa oriental en la latitud 4o 10’ Norte, entre los ríos Sudany y Simengaris, siga después el paralelo 4o 20 ́, corte la divisoria de aguas entre los mares de Joló y de China, y llegue a la orilla occidental, otra vez por los 4o 10’ dividiendo luego la isla Sebetik en dos partes, la del Norte para Inglaterra y la del Sur para Holanda47.

      Por consiguiente, el Reino Unido concluye esta etapa consolidando el proceso de colonización de Borneo septentrional, a pesar de las reticencias de España. Sin embargo, no será la única potencia que intente establecerse en la isla, porque la apertura económica de los grandes imperios asiáticos junto a la revolución marítima que se esperaba con la construcción del canal de Suez (que se inaugurará en 1869), suscitó que a partir de los años sesentas agentes comerciales y militares prusianos, austriacos e italianos se interesasen por el área.
      El avance de la economía teutona hizo expandir sus barcos mercantes hacia las aguas del Pacífico (donde destacaron por su dominio del boyante negocio de la copra) y Extremo Oriente. De esta manera, el mar de Joló asistió a su presencia, protagonizando varios incidentes con las autoridades filipinas que acusaron a sus navíos de contrabando y que creían en 1866 que Prusia estaba preparando un acuerdo con el sultán de Joló para establecer factorías en sus costas
48. Así en la prensa internacional había aparecido una noticia que informaba que un enigmático rey había pedido protección a este estado, mediante la entrega a sus agentes de un documento en un idioma ilegible (que parecía árabe), que estaba envuelto en un pequeño saco de seda amarillo. Según el Overland China Mail de Hong Kong la petición fue entregada por el rey de Joló al bergantín Vampiro del prusiano Notke49.
      El Ministerio de Estado español intentó en 1867 clarificar el asunto, pidiendo explicaciones a Berlín, que respondió que de existir el acuerdo sólo sería a título particular, porque hasta la fecha Prusia sólo había firmado tratados en la zona con China y Japón. Aún así, el Ministerio de Ultramar el 5 de febrero de 1867, sugirió la necesidad de guardar prudencia porque las potencias cada vez se estaban posicionando en la zona
50. A pesar de los intereses alemanes, dicho Estado no establecerá ningún dominio en el área debido a que el sistema internacional configurado por Bismarck, apartaba a Alemania de la carrera colonial para conseguir un sistema de balanza en las relaciones internacional que impidiese a Francia vengarse de la pérdida de la Alsacia y Lorena de 1871. Pese a ello, los intereses de sus nacionales estarían protegidos por la libertad comercial que le reconocía el sistema internacional en el “nuevo mundo”. De hecho, en la cuestión de Borneo su alianza con Inglaterra permitió a sus compatriotas (muy visibles en el área) operar libremente.
      Por su parte, Austria también exigirá la toma de tierra en la costa septentrional de Borneo si no se esclarecía el asesinato que sufrió en mayo de 1875 los tripulantes de su corbeta Frederich por los piratas malayos51. Finalmente, su reclamación no se llevó a la práctica, aunque el episodio evidenció la imposibilidad de las potencias de acabar con el problema de la piratería. Dichos actos diezmaban el poder europeo, por lo que diferentes autoridades clamaron por la formación de una escuadra conjunta que finalizase con este mal. Sin embargo, la alianza jamás se configuró porque, paradójicamente, la piratería facilitaba, de una u otra manera, la consecución de sus intereses nacionales. Ya que potencias como Alemania e Inglaterra observaban como los recursos que las escuadras filipinas debían de destinar a perseguir las correrías de los moros, limitaba el control de las autoridades españoles a sus barcos y sus posesiones. Además los agentes comerciales europeos recurrían a los cautivos apresados por los moros como medio de encontrar mano de obra barata (como los plantadores cubanos que vieron con preocupación el fin de la esclavitud en 1880 por la presión anglosajona).
      Italia también pondrá sus miras coloniales en estas latitudes, como prueba el envío de la expedición científica del
Governolo (1872-1873). La misión conseguirá cartografiar Borneo y persuadirá a las autoridades musulmanas para que le cediese la bahía de Malludu, siguiendo el plan definido en la memoria de Felice Ciordano sobre “el establecimiento de colonias italianas en la parte septentrional de la isla de Borneo”52. La presión inglesa al sultán conducirá al fracaso este proyecto, buscando Italia en las expediciones de sus científicos en Nueva Guinea una nueva área para asentarse en el Pacífico53. Sin embargo, con el Governolo no se produjo el primer intento de este país mediterráneo para colonizar el área, pues en 1870 el comendador Ranchin visitó en dos ocasiones las misiones católicas de esta gran isla lideradas por Cuarteroni, con la idea de pedir al sultán de Brunei tierras para el rey italiano Victor Manuel II.
      Quizás con la figura de Carlos Cuarteroni podemos ilustrar los fenómenos que caracterizaran a esta etapa, donde se multiplicaron los lobbies occidentales en Borneo y donde las autoridades filipinas adquirieron una posición de pasividad ante la usurpación extranjera de la isla. El gaditano Cuarteroni será designado por la Propaganda Fide como líder de la misión católica en Borneo en 1855 (ante los deseos del poder papal de unir los recién creados vicarios apostólicos de la Melanesia y Micronesia). Para cumplir su cometido, tuvo que seguir los pasos de James Brooke y conseguir que el sultán le otorgase un terreno de tierra donde poder fundar las misiones de Nuestra Señora de Gracia y Nuestra Señora de Belén. Ante la falta de apoyo económico y militar de Roma, y al sufrir constantemente el problema de los piratas mahometanos, Cuarteroni recurrió a su nacionalidad española y a los derechos de España en Borneo, exigiéndole al gobernador general de Filipinas que cumpliese con su cometido de dar protección a sus ciudadanos. Manila, ante la falta de recursos, desoyó su petición y traspasó el problema a la metrópoli.
      Madrid, en un primer momento, se desentendió del tema aduciendo en 1862 que no quería que Borneo se convirtiese en una nueva carga como fue Conchinchina54. Sin embargo, a medida que la presencia de las potencias europeas se consolidaba en el área, España empleó al andaluz como un agente que limitase la acción extranjera (mediante el pago de una asignación pecuniaria de 2000 pesos anuales55), pero sin darle la protección militar necesaria para su misión por el miedo a crear un conflicto diplomático y un desgaste de las arcas del Estado. Esta práctica también la empleará para apoyar a los agustinos filipinos de hacerse cargo a finales de los setenta de las misiones del viejo Cuarteroni. Sin embargo, Inglaterra no lo permitió, al ser consciente de que el poder ideológico era un instrumento muy poderos para el devenir de la colonia56. Ante ello, utilizó su poder en Roma para conseguir que se lo adjudicasen a sus religiosos anglicanos y así limitar la acción hispana.
      Por consiguiente, podemos describir de forma ambigua la posición de España con respecto al problema de Joló. Ya que defenderá ante el sistema internacional sus derechos sobre Borneo y el archipiélago de Joló, mas, únicamente empleará sus fuerzas militares en la protección del segundo punto, dudando, incluso internamente, sobre la idoneidad de emplear sus esfuerzos para preservar Borneo. Así lo evidencia el dictamen de 7 de diciembre de 1874 creado por la sección de Hacienda y Ultramar, Estado y Gracias y Justicia, donde alaban los intereses geoestratégicos en el norte de la gran isla, pero recelan de movilizar sus recursos en el área ante el temor de crear un conflicto internacional, a pesar de que España poseía los derechos de conquista
57.
      El sistema canovista asume esta premisa de evitar a toda costa cualquier enfrentamiento contra las grandes potencias, entre otras razones, porque era consciente de la necesidad de su apoyo para consolidar la monarquía de Alfonso XII. En este contexto, se firmará el protocolo de Madrid de 11 de marzo de 1877, donde se garantiza la libertad de comercio y navegación en el archipiélago de Joló. Por este acuerdo suscrito entre Alemania, Reino Unido y España se formalizará el parecer de la notas del 15 de abril de 1876 del Ministro de Estado español, Fernando Calderón Collantes. En ellas se específica que:

Las relaciones que pueden existir entre España y Joló no dan derecho ni a uno ni otro Estado para prohibir el tráfico directo de los súbditos británicos y otros extranjeros con los puertos de dicho archipiélago58.

      Estas peligrosas declaraciones fueron publicadas inmediatamente por los instrumentos estatales británicos en su libro azul, y se convirtió en arma diplomática para que Alemania exigiese una indemnización por el apresamiento de sus buques Marie Louise y Gazelle (1873 y 1874) y Minna (1875-1876), al ser acusados de vender armas y surcar el mar de Joló sin atracar antes en Zamboanga. De hecho, en el preámbulo del mencionado protocolo se certifica el pago de esta compensación y España permite por este documento que las naciones extranjeras usurpen las reglas marítimas que afectan a la circunscripción filipina, alegando las grandes potencias la inexistencia de una ocupación efectiva en las islas. En cambio, la Corona alfonsina consigue que implícitamente Alemania e Inglaterra le reconozca su soberanía en Joló como muestra el artículo III, que le posibilita poder exigir impuesto en cualquiera de estas islas si las fuerzas filipinas la tomasen. Por consiguiente, los deseos del país ibérico de alejar a las potencias europeas del archipiélago de Joló y, por ende, de sus centros políticos, se estaban viendo cumplidos. Mas la acción de los piratas joloanos estaban obstaculizando el control del área.
      Las autoridades hispánicas se propusieron acabar definitivamente con la insubordinación de los moros (que no respetaban las actas de subordinación) con diferentes expediciones de castigo, entre ellas destacará la organizada por el capitán general José Malcampo y Monge en 1876. Gracias a esta campaña se cimentará la ocupación efectiva en Joló que dará pie de una nueva capitulación en Licup, el 22 de julio de 1878.
59 Este tratado, ratificado por el capitán general Moriones el 15 de agosto, se recalca el contenido de la capitulación anterior (1851), es decir, la dependencia del sultán a las autoridades filipinas. Desde el punto de vista de las repercusiones de las relaciones internacionales europeas, de todo el cuerpo del convenio podríamos destacar su artículo IV, al intentar España aplicar los derechos de aduana que le reconocía el protocolo de Madrid, facultando al sultán el cobro de derechos comerciales a los buques extranjeros que atracasen en los puntos ocupados.
      Unos buques que cada vez conocían mejor el trazado de estas costas, gracias a los trabajos que las comisiones hidrográficas acometieron en el área en el último tercio del siglo XIX y que ayudaron a las autoridades a su dominación. El poder ibérico avanzó en su control en la zona, llegando hasta la isla de Tawi-Tawi (donde un destacamento español ocupó Bongao en 1882
60) y gracias al desarrollo de la expedición del navío de primera clase Arturo Garín y Sociats (quien a bordo de la goleta Sirena recorrió las islas del archipiélago para enarbolar bandera española, como manifiesta su memoria que escribió a bordo el 5 de abril de 188061). Estos actos no estuvieron acompañados por la creación de un sistema de dominación efectivo, quejándose el mismo militar de que “la soberanía española es perfectamente ilusoria”, pues argüía que los extranjeros vivían a su libre albedrío como mostraba que en los pancos de los naturales ondeaban banderas extranjeras como la alemana62. A pesar de los problemas internos que presenta las autoridades filipinas para controlar el archipiélago, a la altura de los ochentas del siglo XIX los despachos de las chancillerías europeos no cuestionaban la soberanía hispánica en Joló, aunque sí sus derechos en Borneo.
      España comienza estos años ochentas siendo consciente del dominio inglés de su septentrión, de hecho, ya su dirección hidrográfica había publicado en 1874 un mapa muy ilustrativo donde se delimitaba las cesiones del sultán de Borneo
63 y se había enviado expediciones para conocer su realidad64. A su vez, el desarrollo en la élite española del pensamiento imperial motivó que esta cuestión internacional adquiriese mayor peso en la metrópoli por la revalorización que el Pacífico alcanza ante el comienzo de la construcción del canal de Panamá en 1881. De hecho, el Congreso de los Diputados se interesará por el asunto65, se multiplicarán los libros dedicados a Filipinas que abordan la materia y en el Congreso español de geografía colonial y mercantil de Madrid (celebrado entre el 4 y 12 de noviembre de 1883) la cuestión de Borneo prácticamente monopolizará las sesiones de la mesa dedicada a Asia y Oceanía. Las ponencias de sus participantes ejemplariza el debate interno español, pues (aunque nadie duda de los derechos de conquista hispánicos), la falta de capital para desarrollar la colonización de aquel territorio poco poblado y la acción pirática era el argumento que empleaban los reacios de defender el asentamiento español en Borneo con los recursos estatales. Una postura que chocaba con aquellos postulados dominados por el pensamiento nacional que defendían el poder del viejo Imperio y que creían en los beneficios de la colonización por la riqueza de su tierra y por el valor geoestratégico que adquiriría el área con la apertura del canal de Panamá.
      Esta falta de un consenso interno y la postración de España a los designios de las
grandes potencias, conducirá a que finalmente el país ibérico cediese sus derechos por el protocolo de 7 de marzo de 1885, firmado en Madrid con Alemania e Inglaterra. Un convenio que surgía por las negociaciones que mantuvieron las tres chancillerías en 1881 y 1882 (así lo específica su preámbulo) y que certificó la debilidad española en el concierto internacional. Así la monarquía canovista abandonaba sus derechos en el área a cambio de ver reconocida sus dominios en el archipiélago de Joló (potestad que implícitamente ya quedo aceptada por el tratado de 1877), debiendo de continuar la libertad de comercio en este mar. Su tradicional postura para legitimar sus derechos en Borneo (relativa a su dependencia al poder del sultán de Joló, que a su vez se declara vasallo de España) es reconocida por el concierto internacional, sin embargo, renuncia a los territorios de esta gran isla:

Artículo III

     El gobierno español renuncia, respecto al Gobierno británico, a cualquier pretensión de soberanía sobre los territorios del Continente de Borneo que pertenecen o que han pertenecido antes de ahora al Sultán de Joló, comprendidas en ellos las islas vecinas de Balambangán, Baguay y Malawali, así como todas las comprendidas en una zona de tres leguas marítimas a lo largo de las costas y que forman parte de los territorios administrados por la Compañía denominada British North Borneo Company66.

      Por consiguiente, el protocoló certifica la delimitación internacional de las fronteras del suroeste filipino ―donde se incluiría las islas de Balabac y Cagayán de Joló (articulo II)― y cerrará el largo conflicto diplomático de Borneo con el abatimiento español. Su pérdida será fuente de impotencia de los intelectuales españoles cuando el conflicto de las Carolinas de agosto-septiembre de 1885 estalle y se extienda entre su opinión pública el conocimiento de los dominios hispanos en el Pacífico. Sin embargo, el gobierno hispano renegará de discutir en las cancillerías el tratado y centrará su atención en acabar con la piratería y extender la colonización de la actual isla de Palawan
67 y el archipiélago del mar de Joló. Por el tratado de París de 10 de diciembre de 1898, España concluirá su dominación en las actuales islas Filipinas tras más de tres siglos, ya que en su artículo III cederá a los Estados Unidos este archipiélago. Sin embargo, por un error de la citada norma (a la hora de delimitar los límites filipinos) España conservará la soberanía en las islas joloanas de Cagayán y Sibutu. La falta de importancia de estos territorios para España, le conducirá a firmar un nuevo acuerdo el 7 de noviembre de 190068 por el que renuncia a la islas, a cambio el Estado americano le pagará en marzo de 1901 cien mil dólares, tras proceder a la ratificación ese mismo año.69


CONCLUSIONES

La fijación de las fronteras en el septentrión de Borneo a finales del siglo XIX es un ejemplo clarividente de cómo el sistema internacional de los Estados imperiales se posiciona fuertemente en el Extremo Oriente y el Pacífico, a la par que muestra la postración de España a la hora de defender sus derechos frente a las grandes potencias mundiales. Así hasta la presencia permanente de los lobbies “occidentales” decimonónicos en esta área, el archipiélago de Joló había sido notablemente marginado por el orden mundial a la hora de distribuir las cotas de poder de los actores de las relaciones internacionales. Sin embargo, esta situación se trasformará con la apertura de los grandes imperios asiáticos y la revalorización del Pacífico que conducirá a España a preocuparse por la definición de sus fronteras filipinas, para alejar de sus centros políticos las garras del colonialismo. Ante esta máxima se desprenderá de sus derechos en la alejada isla de Borneo para conseguir que las naciones europeas olviden sus pretensiones en el archipiélago de Joló (zona contigua a Mindanao), a pesar de que el convenio que concluye este conflicto internacional ―el protocoló de Madrid de 1885― certifica la potestad de España en los territorios controlados por la sultanía de Joló (que se extendían hasta esta gran ínsula). Esta tendencia será reiterada por España en un futuro a la hora de fijar sus límites filipinos en el norte frente a Japón
70 y en las Carolinas orientales frente Alemania71, pues preferirá despojarse de parte de sus territorios para consolidar en el sistema internacional los dominios que se aproximasen a sus centros políticos.

__________

45   MEADOWS, Martin: “The Philippines claims to Borneo”, Political Science Quarterly, 72 (1962), pp. 321-355
46   Bureau of Printing of Philippines:
Philippine claim to North Borneo, 1 (1863), En , 15/05/2013.
47   FERREIRO, Martín: “Memoria sobre los progresos de las ciencias geográficas, leída en junta general de 12 de diciembre de 1893”,
Boletín de la Sociedad Geográfica de Madrid. 35 (1893), p 329-330.
48   AHN, Ultramar 5352, caja4, documento 46.
49   AHN, Ultramar 5352, caja4, documento 5.
50   AHN, Ultramar 5352, caja4, documento 52.
51   AHN, Ultramar 5352, caja 2, documento 2, no 44.
52   
Annali del Ministero de Agricultura, Industria y Commercio, 78 (1875); Citado en “Viaje a Borneo”, Boletín de la Sociedad Geográfica de Madrid, 3 (1877), pp 87-89.
53   El italiano Luigi D’Albertis será el primer europeo en recorrer el río Fly en 1876.
54   AHN, Ultramar 5352, caja2, documento 2, no 22.
55   A Cuarteroni se le entrega por Real Orden de 18 de febrero de 1875 un pago anual de 2000 pesos: AHN, Ultramar 5352, caja2, documento2, no 56.
56   Así lo ejemplarizaba la colonización de ciertas islas del Pacífico como Tahití o Ponopé (Carolinas) donde los Estados pueden presentar problemas cuando en su zona de expansión existen agentes religiosos que no comparte sus intereses coloniales
57   AHN,Ultramar 5352, caja 2, documento 2, no 39.
58   OLIVART [Marqués de]:
Colección de los tratados... I, sexta Parte, (1899), p. 216.
59   ESPINA, Miguel A.:
Apuntes para hacer un libro sobre Joló: entresacados de los escrito por Barrantes, Bernaldez, Escosura, Francia, Giraudier, González Parrado, Pazos y otros varios, Manila, M. Pérez, 1888, pp. 27-33.
60   MONTERO VIDAL, José:
El Archipiélago filipino y las islas Marianas, Carolinas y Palaos. Su Historia, Geografía y Estadística, Madrid, Imprenta de Manuel Tello, 1886. p. 418.
61   GARIN y SOCIATS, Arturo: “Memoria sobre el archipiélago de Jolo”,
Boletín de la Sociedad Geográfica de Madrid, 10 (1881), p. 213.
62   GARÍN Y SOCIATS, Arturo:
Memoria del archipiélago de Joló, Madrid, Imprenta infantería de Marina, 1882, p. 145.
63   AHN, Ultramar 5352, caja2, documento 1.
64   Este es el caso del
Marqués del Duero que atraca en Sandakan entre el 3 y el 9 de septiembre de 1879 en su misión de localizar el sultán de Joló que se hallaba desaparecido: Congreso español de geografía colonial y mercantil, celebrado en Madrid días 4, -10 y 12 de Noviembre de 1882, Madrid, Fortanet, 1884, p. 386.
65   Desde 1877 las señorías del Congreso se interesan por el asunto, destacando entre las intervenciones la interpelación de Francisco Cañamaque leída en 1881.
66   
Gaceta de Madrid, 192 (11-7-1885), p.1.
67   En 1872 se fundará su actual capital, Puerto Princesa, expandiéndose su colonización. Una colonización que muchos intelectuales españoles querían desarrollar al estilo de la australiana Botany Bay, mediante el envío de deportados españoles que trabajasen en el desarrollo de la isla e enseñase a los oriundos los adelantos de Europa.
68  
 Gaceta de Madrid, 236 (24-8-1901), p. 983.
69   OLIVART [Marqués de]:
Colección de los tratado..., IX, (1899), p 473.
70   La declaración de Tokio entre Japón y España del 7 de agosto de 1895, establece al “paralelo que pasa por medio del canal navegable de Bashi .... como línea de demarcación entre las posesiones españolas y las japonesas en el Oeste del Océano Pacífico”. Así, España abandona sus derechos a las islas septentrionales de las Batanes: AMAE, Negociaciones, n o 482 (s. XIX), Citado en POZUELO MASCARAQUE, Belén:
Presencia y acción españolas en las Islas Marianas (1828-1899), Madrid, UCM, 1997. p. 761.
71   A pesar de que el protocoló de Roma de 17 diciembre de 1885, delimita en la Micronesia la zona de influencia alemana a las islas Marshall y reconoce la soberanía hispana en las Carolinas, el poder imperial no respetará el acuerdo como manifiesta que su comisario adquiera el título de la islas de Brown y Providencia (pertenecientes a España) y que establezcan actos de soberanía en las islas Ualan. A pesar de las protesta del gobernador de las Carolinas orientales en Ponopé, la metrópoli española permanecerá pasiva ante dicha situación.



BIBLIOGRAFÍA

___Apuntes interesantes sobre las Islas Filipinas que pueden ser útiles para hacer las reformas convenientes y productivas para el país y para la Nación. Escrito por un español de larga experiencia en el país y amante del progreso, Madrid, El Pueblo, 1869. Congreso español de geografía colonial y mercantil, celebrado en Madrid días 4, -10 y 12 de Noviembre de 1882, Madrid, Fortanet, 1884.
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Bibliografía y retrato de muy reverendo padre Fr. Pascual Ibañez de Santa Filomena. Religioso agustino recoleto de Filipinas y muerte heroica del mismo acaecida en el asalto de Joló. Triunfo de la expedición mandada por el Excmo. Sr. Marques de la Solana, con la historia y pormenores de ellos hasta su regreso a Manila, y el acta de sumisión y adhesión del sultán del mencionado Joló, a S.M. católica la reina Isabel II. Madrid, Martínez y Minuesa, 1851.
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Colección de los tratados, convenios y documentos internacionales celebrados por nuestros gobiernos con los Estados extranjeros desde el reinado de Doña Isabel II hasta nuestros días. Acompañado de notas histórico-críticas sobre su negoación y cumplimiento y cotejadas con los textos originales. Publicada por real orden con la autorización de los señores Ministro de Estado Marques de la Vega y Armijo y duque de Tetuan, Madrid, Librería Fernado Fé, 1890- 1911.
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APÉNDICE DOCUMENTAL:

     1. TRATADO DE AMISTAD ENTRE JOLÓ Y LOS ESTADOS UNIDOS (5-2-1842)

1. Mohamed, Sultan of Sooloo, for the purpose of encouraging trade with the people of the United States of America, do promise hereby and bind myself that I will afford full protection to all vessels of the United States, and their commanders and crews, visiting any of the islands of my dominions, and they shall be allowed to trade o the terms of the most favoured nation, and receive such provisions and necessaries as they may be in want of.

2dly. In case of shipwreck of accident to any vessel I will afford them all the assistance in my power, and protect the persons and property of those wrecked, and afford them all the assistance in my power for its preservation and safe-keeping, and for the return of the officers and crews of said vessels to the Spanish settlement, or wherever they may wish to proceed.

3dly. That any one of my subject who shall do any injury or harm to the commanders of crews belonging to American vessels, shall receive such punishment as his crime merits.

In witness whereof I have hereunto set my hand and seal, in presence of the datus and chiefs at Soung, island of Sooloo.

Febrary 5th, 1842

[L.s]—[aparece firma sultán]

      [L. S.]

Witnesses

      Charles Wilkes (Commanding Exploring Expedition)
      William L. Hudson (Late commanding U.S. Ship Peacok)
      R.R. Waldrow (Putner, U.S. Exploring Expedition)


FUENTE:  WILKES, Charles, Narratives of the United States exploring expedition during the year 1838, 1839, 1840, 1841, 1842 by Charles Wilkes (commander of the expedition, mentor of the American philosophical society, etc.) in five volumes and an atlas. Philadelphia: Lea & Blanchard, 1845, anexo XIII, p. 532.



     2. TRATADOS ENTRE JOLÓ Y FRANCIA

          A) TRATADO COMERCIAL ENTRE JOLÓ Y FRANCIA (23-4-1843)

Su Alteza el Sultán de Joló y dependencias convencido de las ventajas que el procuraría a sus estados si pudiera traer en los puertos de su dominación a los buques franceses , y particularmente a los que hacen el comercio de los mares de la india y de China, se compromete solemnemente por delante el capitán de corbeta , Theosen Francisco Paje, caballero de la legión de honor, comandante de la corbeta de S.M. el Rey de los Franceses la “Favorita” ; y Enrico Ludovico de Mesnel de Marincourt , alférez de navío oficial en la dicha corbeta, y en presencia de los Dattos reunidos en consejo a fijar y mantener en adelante las relaciones que podrán establecerse entre la Francia y los estados de Joló sobre las bases siguientes:

Artículo 1
o– Todos los súbditos de S.M. el Rey de los Franceses quienes vendrá a los puertos o países de la dominación del Sultán de Joló, aquí disfrutarán tanto en su persona como en su propiedad todos los derechos privilegios y ventajas que son o podrán ser concedidos a los súbditos de la nación más privilegiada.

Artículo 2o– Si algún súbdito de S.A. el Sultán de Joló ofende sea en su persona sea en sus bienes a un súbdito Francés, su Alteza y los principales Dattos se comprometen en hacer y castigar el culpable según todo el rigor de las leyes.

Artículo 3
o– En caso de naufragio sobre las costas de la dominación del Sultán de Joló, después de haber salvado y recogido a las personas y los bienes de los buques Franceses náufragos, su Alteza y los principales Dattos no pondrán ningún obstáculo a la vuelta de la tripulación y efectos salvados sea a su patria sea a otro lugar que quiera. Hecho doble y sellado de nuestro sello y dado en Joló en veinte y tres de Abril de J.C. mil ochocientos cuarenta y tres = El veinte y tres de Rabbi el cual de Hehiro mil doscientos cincuenta y nueve = Sello del Sultan: Molok = En fe de que han firmado por la Francia el Capitán de Corbeta, Comandante de S.M. la Favorita =Pajé ad 1o insign. De Veinjan = E. de Marincourt.

          B) CONVENCIÓN CONCLUIDA POR GRÉNÉ PARA OBLIGAR AL SULTÁN DE JOLÓ A CEDER BASILAN A FRANCIA (20-2-1845)

Convención concluida entre Mr. E. de la Gréné Ministro Plenipotenciario de S.M. el Rey de los Franceses teniendo los poderes para ello y estipulando en nombre de su Gobierno por un lado, y el muy Excelente príncipe Sultán Mahamad Pulalon Raguya de Joló asistido de los Dattos infrascritos en su nombre propio de otro lado.

Artículo 1o– Cualesquiera que sean ahora y cualesquiera que hayan podido ser en lo pasado los derechos de los Sultanes de Joló a la soberanía de la isla de Basilan, que desde tiempos inmemorables ha sido mirada como tributaria de Joló, el Sultán y los Dattos infrascritos se empeñan a no llevar ningún impedimento a la toma posesión del todo o de una parte de aquella isla y sus dependencias especialmente Malamaui y Lapinigani por las fuerzas de S.M. el Rey de los Franceses si quiere hacer allí establecimiento.

Artículo 2o– En este caso el Sultán y los Dattos infrascritos se empeñan al contrario a favorecer con su crédito e influjo la ejecución de las medidas adoptadas por el Gobierno Francés, harían y hacen desde hoy si es menester desamparo al provecho de la Francia de los derechos y pertenencias que podían tener sobre cualquiera parte que sea del dicho territorio, y de la misma manera renunciarán y renuncia a todo género de tributo pagado o reclamado sobre una porción cualquiera del territorio de Basilan; de la cual isla los vecinos desde el día de la tomada de posesión por la Francia y en todo la extensión de sus dominios serian completamente, y para siempre franqueados de toda obligación directa o indirecta respecto al Sultán de Joló.

Artículo 3o– Y como testimonio de su horror por el atentado cometido sobre el territorio de Maluso contra los Franceses, el Sultán y los Dattos desamparan el autor de ese atentando y también sus adherentes y cómplices a la venganza que han merecido, mirando desde hoy rotos todos los vínculos de dependencia y de vasallaje que pueden unirlo a Joló.

Artículo 4o– Por entresi el Gobierno Francés toma posesión de Basilan o de cualquiera porción de su territorio, el Sultán de Joló, recibirá una suma de pesos españoles pagadera en un solo pagamento a Joló dentro de los tres meses de la ocupación, como equivalente de los derechos desamparados, de las renuncias estipuladas y de la asistencia moral prometida en los artículos que anteceden.

Artículo 5
o– Los presente convención concluida con la reserva expresada de la ratificación del Gobierno de S.M. el Rey de los Franceses sería ejecutoria mientras el trecho de dos años desde el día de la firma, y pasado dicho término según derecho no tendrá más fuerza.

Artículo 6
o– Ya está bien entendidos que difiriendo entresi los dos idiomas, el texto francés será escogido como regla- Firmado y sellado en doble expedición. Palacio de Joló 20 de Febrero el año de gracia 1845 correspondiente al día 12 de de la Luna Sapal del año Mahometano de 1261.

          C) TRATADO ENTRE JOLÓ Y FRANCIA POR EL QUE EL SULTÁN CEDE BASILAN (21-2-1845)

En contestación a lo propuesto por el Sr. La Gréné Embajador Plenipotenciario de S.M. el Rey de los Franceses al Sultán de Joló: el Sultán en consejo con los Dattos dice lo siguiente: Que como dijeron verbalmente el día de ayer vuelven hoy a confirmar que de ningún modo consciente enajenarse de Basilan sin embargo a la repetidas instancias de dicho Señor: ceden como aprestado la isla e Basilan al Gobierno Francés por el término solamente de cien años contados desde el día que tomen posesión, pagando el Gobierno Francés por el término solamente de cien años contados desde el día que tomen posesión, pagando el Gobierno Francés la cantidad de cien mil pesos en plata contada al Sultán de Joló que deben ser pagados el mismo día de la posesión de la isla de Basilan que debe ser entre los seis meses contados desde hoy; pasando dicho término todo lo arriba expresado es nulo. Dado en el Palacio de Sultán de Joló a 21 de Febrero de 1845 del año que corresponde al día 13 de Luna Sapal del año 1261 de era Mahometana.


FUENTE:  GAÍNZA, Francisco, Memoria y antecedentes sobre las expediciones de Balanguigui y Joló. Manila: UST, 1851.pp. 49-52 (notas).


APÉNDICE ICONOGRÁFICO:


mapa1filipinas
MONTERO Y VIDAL, José: Mapa de Filipinas, Joló y el Norte de Borneo, 1886.



mapa2filipinas
Guía de Forasteros de las Filipinas para el año 1845, Manila, Miguel Sánchez, 1845.


duquehijar
Biblioteca Nacional de España; MARCHI: El asalto de Joló, 1851



basilan
Carte de l ́ile Bassilan et depandances“,1845.
Levantada por orden del contra almirante Cecille, comandante de la expedición de la Mar del Sur y de
la China. A bordo de la corbeta
La Sabina, siendo Guerin el capitán de la misma. [Museo Naval de Madrid, MNM, 0075 0009]